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Boletín N°19 - Diciembre/2023
Tema Central
Visita de Amalia Gamio Vicepresidenta del Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU
En el marco de la conmemoración del Día Mundial de la Salud Mental, el Nodo Comunitario de Salud Mental y Discapacidad Psicosocial invitó a Colombia a la Dra. Amalia Gamio, Vicepresidenta del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, quien participó con una ponencia sobre las directrices de Naciones Unidas para la desinstitucionalización de las personas con discapacidad, en la jornada "Discapacidad Psicosocial: un llamado a la acción". Posteriormente, formó parte del conversatorio "Hacia una vida en comunidad de las personas con discapacidad psicosocial", liderado por nuestra directora, Betty Roncancio. En dicho conversatorio, participaron representantes de entidades como el Ministerio de Salud y Protección Social, PAIIS de la Universidad de los Andes, la Gerencia para la Inclusión de las Personas con Discapacidad de la Vicepresidencia de la República, la Fundación Saldarriaga Concha y la Fundación Fénix de Barranquilla.
Durante la estadía de la Dra. Gamio, realizamos una visita al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, donde conversamos con su Directora Astrid Cáceres sobre la importancia de una agenda que incluya los temas de discapacidad articulados con las organizaciones de base comunitaria.
En su visita, la Dra. Gamio visitó las instalaciones de nuestra organización en donde tuvimos la oportunidad de conversar con Luz Marina Méndez, cofundadora de LICA y algunas líderes de la Red nacional de familias RCEA.
Esta jornada nos deja grandes retos encaminados a hacer realidad la vida en la comunidad de las personas con discapacidad, garantizando su plena participación, la toma de decisiones con los apoyos que requieran, así como el acceso a servicios comunitarios y la eliminación de barreras actitudinales.
Hablando desde la Experiencia
Hacía algunos años que no viajábamos en avión en familia. Estábamos entusiasmados con las vacaciones que habíamos preparado y para lo cual habíamos anticipado a nuestro hijo Juan José, un joven con autismo de 20 años de edad, todo iba muy bien hasta cuando algo que aún no comprendemos, le molestó y emocionalmente no pudo manejar la situación, el tiempo de espera en la sala fue corto; sin embargo, como en otras ocasiones tuvimos que sobrellevar las miradas de extrañeza y de curiosidad, que develan el desconocimiento y la incomprensión de quienes no conocen sobre estas situaciones que afrontamos algunas familias. Los primeros minutos del vuelo fueron de preocupación y en mi caso de angustia, al no comprender muy bien que le estaba sucediendo a Juan José, ya que él estaba muy entusiasmado con su viaje.
Cuestión de derechos
¿Que son las directrices de desinstitucionalización del Comité de la ONU sobre los derechos de las personas con Discapacidad?
El 10 de octubre del año 2022, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPCD) emitió las directrices sobre la desinstitucionalización, incluso en situaciones de emergencia, como complemento a la observación general número 5 del 2017 y el artículo 19 con respecto al derecho que tienen las personas con discapacidad, a vivir de forma independiente y a ser incluidos en la comunidad, así como lo contemplado en el artículo 14 sobre las directrices del Comité, sobre el derecho a la libertad y la seguridad de las personas con discapacidad.
Estas directrices se fundamentan en las experiencias de vida de personas con discapacidad antes y durante la pandemia por el coronavirus (COVID-19), que puso de presente la institucionalización generalizada, las consecuencias de la institucionalización en la vida de las personas con discapacidad, la violencia, el abandono, el abuso, los malos tratos y la tortura, incluida la contención farmacológica, física y mecánica, que sufren en las instituciones.
Para el desarrollo de las guías, el Comité consultó a la sociedad civil para elaborar estas directrices o guías de desinstitucionalización. En ellas participaron más de 500 personas con discapacidad, entre ellas mujeres, niños y niñas, supervivientes de procesos de institucionalización y personas con albinismo, así como organizaciones de base y otras organizaciones de la sociedad civil.
El comité considera que la institucionalización es una práctica discriminatoria contra las personas con discapacidad, que contraviene el artículo 5 de la Convención – Igualdad y no Discriminación -supone que esta, es contraria a lo estipulado en el artículo 12 de la CDPCD sobre el derecho al ejercicio de la capacidad jurídica. Constituye, también, una detención y privación de la libertad a causa de una deficiencia.
Los Estados que ratificaron la CDPCD, como es el caso de Colombia, deben reconocer la institucionalización como una forma de violencia contra las personas con discapacidad. Están llamados a abolir todas las formas de institucionalización, no permitir nuevos internamientos en instituciones y abstenerse de asignar presupuestos para financiar esta práctica. La institucionalización no protege a las personas con discapacidad, ni es una “elección”, como tampoco la única solución. Es necesario desarrollar y adoptar un plan de desinstitucionalización estructurado que incluya tiempos, responsables, recursos humanos, técnicos y financieros necesarios.
Las personas con discapacidad y a las organizaciones que las representan deben participar ampliamente en todas las etapas de una política de desinstitucionalización, dando prioridad a las opiniones de las personas que salen de una institución y a las de los supervivientes de la institucionalización.
Distribución general
10 de octubre de 2022
Español
Directrices sobre la desinstitucionalización, incluso en situaciones de emergencia.
Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Lica celebra
Somos miembros del Consejo Nacional de Salud Mental Ministerio de Salud y protección Social.
El Consejo Nacional de Salud Mental, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Salud Mental, es la instancia especializada y creada en el artículo 10 de la ley 1566 de 2012, que será responsable de hacer el seguimiento y evaluación a las órdenes consignadas en la ley 1566 de 2012 y la ley de Salud Mental 1618, Política Nacional de Salud Mental, Política Nacional para la reducción del consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y su impacto, Política Pública Nacional de Prevención y Articulación a la adicción de sustancias psicoactivas y el Plan Decenal para la Salud pública en lo relativo a la salud mental.
Además de otros miembros, nuestra directora, fue designada como miembro del Consejo, de acuerdo con lo consagrado en el numeral 6 del artículo 29 de la ley 1618: “harán parte de este Consejo dos (2) representantes de las asociaciones de pacientes, sus familiares o cuidadores con alguna condición en Salud Mental”.
Entérate y participa
En el 2024 lanzaremos nuestro programa para familias FIA
Las acciones y emociones de las personas que tienen en su núcleo familiar una persona con autismo son variadas y merecen ser escuchadas y atendidas.
Por eso y conscientes de que el proceso es diferente para cada familia, hemos diseñado nuestro programa FIA - Familias Informadas y Acompañadas
Ingresa a nuestra página web y conoce toda la información https://ligautismo.org/a-familias/